Video de Audición · Fraseo Music LLC
Este documento se acepta al inscribirte y presentar tu video de audición para el Concurso. No puede ser aceptado por una persona menor de veintiún (21) años.
En consideración a la oportunidad de participar en el Concurso y a otras contraprestaciones buenas y valiosas, cuya suficiencia y recibo se reconocen por este medio, el suscribiente (el “Solicitante”), en su carácter de titular legítimo de cierta propiedad intelectual —incluyendo, sin que constituya limitación, todos los derechos de autor, marcas y demás derechos sobre la misma— consistente en el video de audición para el Concurso “CANTO A TI” presentado por el Solicitante (en adelante, la “PI” o el “Video”), otorga el presente documento conforme a las cláusulas siguientes.
Se entenderá por “Productor” a FRASEO MUSIC LLC, así como a sus matrices e indirectas, subsidiarias, filiales y entidades relacionadas, y a sus respectivos directores, oficiales, accionistas, socios, miembros, representantes, distribuidores, difusores, agentes, abogados, empleados, contratistas, sucesores, designados, financiadores, licenciatarios, cesionarios, causahabientes y anunciantes. Para efectos del relevo contenido en este documento, el Productor y dichas personas y entidades se denominarán, en conjunto, las “Partes Relevadas”.
El Solicitante otorga al Productor el derecho y la licencia plenos e irrevocables para usar, fotografiar, reproducir, manipular, editar, adaptar, modificar e incorporar la PI en relación con el Concurso “CANTO A TI” (incluyendo cualesquiera ediciones o ciclos del mismo), así como, sin que constituya limitación, en la publicidad, promoción, mercadeo, difusión y demás explotación del Concurso y de sus patrocinadores, o de cualquier otro modo. El Solicitante consiente, asimismo, el uso de la PI en relación con la publicidad, promoción, mercadeo y cualquier otra explotación del Concurso y de sus patrocinadores. El Productor tendrá todos los derechos para usar el Concurso, o cualquier parte del mismo, incluyendo, sin limitación, las imágenes y/o grabaciones que incluyan o incorporen la PI, en todas y cada una de las formas y medios, ya sean hoy conocidos o que se desarrollen en el futuro, en todo el universo, a perpetuidad y en todos los idiomas.
Entre el Solicitante y el Productor, el Productor será el único y exclusivo titular de todos los derechos sobre el Concurso, incluyendo, sin limitación, los derechos de autor sobre el Concurso y sobre cualquier material publicitario o promocional del mismo.
El Solicitante renuncia a cualquier derecho que pudiera tener a inspeccionar o aprobar el Concurso terminado, o cualquier material publicitario o promocional que se utilice en relación con el mismo. En ningún caso tendrá el Solicitante derecho a dar por terminados los derechos aquí otorgados al Productor, ni a impedir, restringir, suspender o interferir de cualquier modo con el desarrollo, la producción, distribución, difusión, publicidad, promoción u otra explotación del Concurso o de los derechos aquí concedidos.
El Solicitante declara y garantiza que: (i) es el titular y/o el representante autorizado del titular de la PI, y posee el pleno derecho, poder y autoridad para suscribir esta Cesión y para otorgar al Productor los permisos y derechos aquí concedidos, sin que se requiera el permiso o consentimiento de ninguna otra persona o entidad para el ejercicio de tales derechos; y (ii) no se adeuda ni debe pagarse crédito, reconocimiento, pago, contribución, suma ni contraprestación alguna al Solicitante ni a ninguna otra persona o entidad (incluyendo, sin limitación, cualquier gremio, sindicato u organización de negociación colectiva) por el otorgamiento de los derechos aquí establecidos ni por el uso de la PI conforme a esta Cesión.
El Solicitante, y sus representantes, sucesores y cesionarios, releva y descarga de manera absoluta, incondicional y perpetua a las Partes Relevadas, y a cada una de ellas, de todas y cada una de las reclamaciones, acciones, causas de acción, procedimientos, demandas, laudos, sentencias, daños, responsabilidades, pérdidas, costos y gastos de cualquier clase (incluyendo, sin limitación, honorarios de abogado, si los hubiere) que surjan de, resulten de, o se relacionen con esta Cesión, el ejercicio de cualquiera de los derechos aquí otorgados o el uso de la PI en relación con el Concurso o de cualquier otro modo, incluyendo, sin limitación, reclamaciones basadas en infracción de patente, marca o derecho de autor, derechos de publicidad y privacidad, difamación y presentación bajo una luz falsa o negativa.
El Solicitante defenderá (a opción de las Partes Relevadas), indemnizará y mantendrá libre e indemne a las Partes Relevadas, y a cada una de ellas, frente a todas y cada una de las reclamaciones, acciones, daños, responsabilidades, lesiones, gastos y pérdidas causados por, derivados de o relacionados con: (i) cualquier acto u omisión del Solicitante que constituya incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta Cesión; (ii) el incumplimiento de cualquiera de las declaraciones, garantías, acuerdos u obligaciones del Solicitante; (iii) el uso por cualquiera de las Partes Relevadas de la PI o de otros materiales o imágenes provistos por el Solicitante; (iv) el ejercicio por cualquiera de las Partes Relevadas de sus derechos bajo esta Cesión; (v) la aparición o el uso, en relación con el Concurso, de la PI o de cualquier otro material o imagen provisto por el Solicitante (incluyendo, sin limitación, logotipos y marcas); y (vi) la negligencia o conducta dolosa del Solicitante o de sus agentes, empleados, contratistas o representantes.
El Solicitante reconoce que en ningún caso estará el Productor obligado a usar la PI en relación con el Concurso o de cualquier otro modo, ni a ejercer ninguno de los demás derechos, licencias o privilegios aquí otorgados.
Esta Cesión se regirá e interpretará conforme a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sin atender a sus normas sobre conflictos de leyes. Toda controversia que surja de o se relacione con esta Cesión, que no pueda resolverse mediante conversación directa, se someterá primero a mediación y, de no lograrse acuerdo, a arbitraje obligatorio y vinculante, en idioma español, celebrado en la Ciudad de Caguas, Puerto Rico, conforme al foro y las reglas que designe el Productor. El laudo será final, vinculante e inapelable.
Esta Cesión obliga al Solicitante y a sus herederos, representantes, agentes, empleados, contratistas, sucesores, licenciatarios y cesionarios.
Aceptado y convenido el —.
Los datos de arriba se toman de lo que escribiste en el formulario de inscripción. Si algo está en blanco, vuelve al formulario y complétalo. Esta aceptación electrónica tiene la misma validez y efecto legal que una firma manuscrita, conforme a la legislación aplicable de Puerto Rico y de los Estados Unidos.