Cesión de derechos, relevo, confidencialidad y arbitraje · Autorización de uso de imagen y voz · Fraseo Music LLC
Este documento debe ser leído y aceptado por cada Participante mayor de veintiún (21) años. Su aceptación es requisito indispensable para participar.
En Caguas, Puerto Rico, en la fecha que se indica al final del presente documento, comparecen: DE UNA PARTE, FRASEO MUSIC LLC, compañía de responsabilidad limitada organizada conforme a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con oficina en la Ciudad de Caguas (en adelante, el "Organizador"); y DE LA OTRA PARTE, la persona natural que suscribe este documento al final del mismo (en adelante, el "Participante"), quien declara ser mayor de veintiún (21) años de edad y poseer plena capacidad jurídica para obligarse en derecho.
Ambas partes, libre, consciente y voluntariamente, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse, otorgan el presente ACUERDO (en adelante, el "Acuerdo"), conforme a los siguientes Considerandos y Cláusulas.
POR CUANTO: El Organizador produce, administra y lleva a cabo el concurso de talento musical denominado "CANTO A TI" (en adelante, el "Concurso"), regido por sus Reglas Oficiales, las cuales el Participante declara conocer y aceptar en su totalidad. POR CUANTO: El Participante desea participar de forma enteramente voluntaria en el Concurso y reconoce que su participación está condicionada a la cesión de ciertos derechos y al otorgamiento de las autorizaciones, relevos y obligaciones que se describen en este Acuerdo.
POR CUANTO: El Participante reconoce que el Organizador realizará inversiones, esfuerzos y gestiones en razón de las autorizaciones y derechos aquí concedidos, confiando en la validez y permanencia de los mismos. POR TANTO: En consideración a la oportunidad de participar en el Concurso, y por otras contraprestaciones buenas y valiosas cuya suficiencia y recibo las partes expresamente reconocen, el Participante conviene y se obliga conforme a las siguientes Cláusulas.
Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti”
Para los efectos de este Acuerdo, los siguientes términos tendrán el significado que se indica, ya sea que se utilicen en singular o en plural: (a) "Materiales": comprende, sin que constituya limitación, toda audición, presentación, interpretación, actuación, ejecución vocal o escénica, video, fotografía, audio, grabación, declaración, entrevista, así como la imagen, voz (hablada y cantada), nombre, semejanza, apariencia, gestos y datos biográficos del Participante, captados o suministrados en relación con el Concurso.
(b) "Uso": significa grabar, fijar, fotografiar, filmar, reproducir, copiar, editar, adaptar, traducir, doblar, modificar, sincronizar, combinar con otras obras, crear obras derivadas, anunciar, transmitir, retransmitir, ejecutar, exhibir, publicar, comunicar al público, poner a disposición, distribuir, diseminar, comercializar y de cualquier otro modo explotar, sonora y/o visualmente, los Materiales. (c) "Partes Relevadas" : significa el Organizador y sus matrices, subsidiarias, filiales, divisiones y entidades relacionadas, así como sus respectivos directores, oficiales, socios, miembros, accionistas, empleados, agentes, representantes, contratistas, abogados, licenciatarios, cesionarios, patrocinadores, auspiciadores, sucesores y causahabientes, y toda persona o entidad autorizada por el Organizador o relacionada con el desarrollo, producción y ejecución del Concurso.
(d) "Reglas Oficiales": significa las Reglas Oficiales del Concurso "CANTO A TI" vigentes, las cuales se incorporan a este Acuerdo por referencia y forman parte integral del mismo.
El Participante cede, otorga y transfiere al Organizador, así como a las personas y entidades que este designe o autorice, una licencia y derecho de carácter no exclusivo, perpetuo, irrevocable, completamente pagado, libre de regalías, transferible, completamente sublicenciable, de alcance universal y para todo el universo, para realizar cualquier Uso de los Materiales, a través de cualquier medio, soporte, formato, plataforma, tecnología o mecanismo de transmisión de contenidos, ya sea conocido en la actualidad o que se desarrolle o invente en el futuro, en todos los idiomas, sin limitación de tiempo, territorio, número de usos ni de ediciones.
Dicha cesión incluye, sin que constituya limitación, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación, exhibición y todos los derechos conexos, accesorios, subsidiarios y derivados, para cualquier propósito relacionado con el Concurso, su administración, evaluación, documentación, archivo, promoción, propaganda y publicidad, así como con la promoción y explotación del Organizador y de sus patrocinadores, sin que para ello sea necesario obtener consentimiento adicional alguno ni pagar contraprestación ulterior.
El Participante otorga los derechos y autorizaciones contenidos en este Acuerdo con independencia de que resulte o no seleccionado para participar o avanzar en el Concurso.
El Participante autoriza expresa e irrevocablemente el Uso de su imagen, voz (hablada y cantada), nombre, semejanza, apariencia, identidad y datos biográficos en relación con el Concurso y con la promoción, publicidad y mercadeo del mismo, del Organizador y de sus patrocinadores. El Participante reconoce que el Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti” Organizador grabará el evento y que tales grabaciones, junto con su participación, podrán ser conservadas, archivadas y utilizadas por las Partes Relevadas conforme a este Acuerdo, sin límite de tiempo.
Las partes reconocen que las grabaciones, fijaciones y demás Materiales producidos por el Organizador o por encargo de éste en relación con el Concurso constituyen obras realizadas por encargo y a instancia del Organizador, quien será, entre las partes, el único y exclusivo titular de todos los derechos sobre dichos Materiales, incluyendo todos los derechos de autor (y sus renovaciones, extensiones y restauraciones), marcas y demás derechos de propiedad intelectual, hoy conocidos o que en el futuro se reconozcan.
En la medida en que cualquier derecho no se entienda transferido automáticamente, el Participante por este medio lo cede al Organizador de forma plena.
El Participante renuncia a cualquier derecho que pudiera tener a inspeccionar o aprobar los Materiales, el producto terminado o cualquier material publicitario o promocional relacionado, así como al Uso que de ellos se haga. En ningún caso tendrá el Participante derecho a impedir, restringir, suspender o interferir de cualquier modo con el desarrollo, la producción, distribución, transmisión, promoción o cualquier otra explotación del Concurso o de los derechos aquí concedidos.
El Participante reconoce y acepta que ni él ni persona o entidad alguna (incluyendo, sin limitación, cualquier gremio, sindicato u organización de negociación colectiva) tiene derecho a pago, sueldo, honorario, regalía, residual, crédito, atribución, contribución ni compensación de naturaleza alguna por el otorgamiento de los derechos aquí concedidos ni por el Uso de los Materiales. La participación del Participante en el Concurso es voluntaria y se realiza sin expectativa de remuneración.
El Participante declara y garantiza al Organizador, como condición esencial de este Acuerdo, lo siguiente: (i) que es mayor de veintiún (21) años y posee plena capacidad y autoridad para suscribir este Acuerdo y para otorgar los derechos aquí concedidos, sin que se requiera el consentimiento de tercero alguno; (ii) que los Materiales y su participación no infringen ni violan derechos de propiedad intelectual, de privacidad, de publicidad, morales ni de ninguna otra naturaleza de terceros; (iii) que toda la información suministrada al Organizador es veraz, exacta, completa y no engañosa, y reconoce que cualquier falsedad será causa de descalificación; y (iv) que cumple y se obliga a cumplir con todos los requisitos de elegibilidad y con las Reglas Oficiales del Concurso.
En la máxima medida permitida por la ley, el Participante, por sí y por sus herederos, sucesores, cesionarios y representantes, releva, exime, descarga y libera de manera absoluta e irrevocable a las Partes Relevadas, y a cada una de ellas, de toda reclamación, acción, causa de acción, demanda, procedimiento, daño, perjuicio, pérdida, responsabilidad, costo y gasto de cualquier clase o naturaleza (incluyendo, sin limitación, honorarios razonables de abogado) que surja, resulte o se relacione, directa o indirectamente, con: (i) la participación, el intento de participación o la imposibilidad de participar en el Concurso; (ii) el Uso de los Materiales por las Partes Relevadas; (iii) la aceptación, posesión, uso, uso indebido o disfrute de cualquier Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti” premio; y (iv) cualquier reclamación por daño personal, daño a la propiedad, difamación, invasión de la privacidad, violación del derecho de publicidad, angustias emocionales o presentación bajo una luz falsa o negativa; salvo en aquellos casos en que la ley prohíba expresamente dicho relevo.
El Participante, por sí y por sus herederos, sucesores, cesionarios y representantes, se obliga a no iniciar, presentar, promover ni respaldar reclamación, demanda, acción o procedimiento alguno contra las Partes Relevadas que surja o se relacione, directa o indirectamente, con el proceso de inscripción y selección, las audiciones, entrevistas o citas, cualquier traslado vinculado al Concurso, este Acuerdo, o el Uso por las Partes Relevadas de los Materiales, salvo aquellas reclamaciones que la ley expresamente no permita renunciar.
Este compromiso es adicional y complementario al relevo contenido en la Cláusula OCTAVA.
El Participante reconoce que, luego de suscrito este Acuerdo, podrían surgir o descubrirse hechos o reclamaciones hoy desconocidos o no sospechados que, de haberse conocido, habrían podido afectar su decisión de firmarlo. No obstante, el Participante asume voluntariamente ese riesgo y acuerda que el relevo y las renuncias contenidos en este Acuerdo se extienden también a toda reclamación desconocida o no sospechada que tenga o pudiera tener a su favor a la fecha de la firma.
El Participante renuncia, de manera consciente y voluntaria, a cualquier disposición legal de efecto similar que limite el alcance de un relevo general únicamente a las reclamaciones conocidas, y reconoce que esta renuncia es un término esencial de este Acuerdo, sin el cual el Organizador no lo habría aceptado.
El Participante comprende y acepta que su participación en el Concurso, incluyendo el traslado, la permanencia en el lugar del evento y la ejecución de sus presentaciones, conlleva ciertos riesgos inherentes, los cuales asume de forma voluntaria y consciente. El Participante declara encontrarse en condiciones físicas y mentales adecuadas para participar y se obliga a notificar de inmediato al Organizador cualquier condición que pudiera afectar su participación.
El Participante se obliga a indemnizar, defender (a opción de las Partes Relevadas) y mantener libre e indemne a las Partes Relevadas, y a cada una de ellas, frente a todas y cada una de las reclamaciones, acciones, daños, responsabilidades, pérdidas, costos y gastos (incluyendo honorarios razonables de abogado) que surjan, resulten o se relacionen con: (i) el incumplimiento por parte del Participante de cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo o de las Reglas Oficiales; (ii) la inexactitud o falsedad de cualquier declaración o garantía hecha por el Participante; (iii) el Uso por las Partes Relevadas de los Materiales suministrados por el Participante; (iv) el uso no autorizado por parte del Participante del nombre, obra, voz, imagen, marca o logotipo de cualquier persona o entidad; y (v) la negligencia o conducta dolosa del Participante o de sus agentes o representantes.
El Participante se obliga a mantener estricta confidencialidad sobre toda información del Concurso que no haya sido divulgada públicamente por el Organizador, incluyendo, sin limitación, resultados parciales, identidades de participantes o jueces, métodos y detalles de organización y producción, y cualquier otra Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti” información sensible o de carácter reservado (la "Información Confidencial").
El Participante se obliga a no divulgar, revelar, publicar ni diseminar la Información Confidencial, por sí ni por interpósita persona, por ningún medio, ya sea o no finalmente seleccionado en el Concurso. Asimismo, el Participante se obliga a NO captar, grabar, fotografiar ni filmar el evento, los ensayos o cualquier actividad del Concurso, ni a publicar, transmitir, retransmitir, difundir o subir a redes sociales o a cualquier otra plataforma o medio digital contenido alguno relacionado con el Concurso, sin el consentimiento previo y por escrito de "CANTO A TI" y del Organizador.
El Participante reconoce que el Organizador es el único autorizado para grabar el evento, y que esta restricción tiene por objeto proteger los derechos de propiedad intelectual, de imagen y de privacidad de los participantes, los jueces y el Organizador, así como la integridad del Concurso. Las partes acuerdan que, dada la naturaleza del Concurso y la dificultad de cuantificar con certeza el daño que ocasionaría una divulgación no autorizada de la Información Confidencial o el incumplimiento de las restricciones anteriores, en caso de tal incumplimiento el Participante pagará al Organizador, en concepto de daños líquidos y pactados, y no como penalidad, la suma de CIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS (US $100,000.00) por cada incumplimiento.
Las partes reconocen que dicha suma constituye una estimación razonable y de buena fe del daño, y no un castigo, en atención a que la cuantía real sería impráctica o imposible de determinar con certeza. Además, e independientemente de la disponibilidad o suficiencia de una compensación monetaria, el Participante reconoce que todo incumplimiento de sus obligaciones de confidencialidad o de propiedad intelectual causaría al Organizador un daño irreparable que no podría repararse adecuadamente solo con dinero.
Por ello, el Organizador tendrá derecho a solicitar y obtener, ante cualquier foro competente y sin necesidad de prestar fianza, un interdicto u otra tutela en equidad para prevenir o detener el incumplimiento, así como a recuperar las sumas o beneficios que el Participante hubiese obtenido por dicha divulgación y los honorarios de abogado incurridos para hacer valer estas obligaciones. El incumplimiento de esta cláusula será, además, causa de descalificación inmediata.
El Participante declara haber leído, entendido y aceptado las Reglas Oficiales del Concurso, las cuales forman parte integral de este Acuerdo, y se obliga a cumplirlas, así como a observar las normas de conducta establecidas por el Organizador y a acatar las decisiones del jurado y del Organizador, las cuales serán definitivas, finales e inapelables. El incumplimiento de las Reglas Oficiales o de este Acuerdo facultará al Organizador para descalificar al Participante sin derecho a reclamación alguna.
El Participante reconoce que el Organizador no estará obligado en modo alguno a utilizar los Materiales, a seleccionar al Participante, a continuar con la celebración del Concurso ni a ejercer ninguno de los derechos, licencias o privilegios aquí concedidos. Ninguna manifestación, promesa o garantía, expresa o implícita, distinta de las contenidas en este Acuerdo, ha sido hecha al Participante para inducirlo a suscribirlo; en particular, nadie le ha prometido que será considerado, seleccionado o elegido para participar en el Concurso.
Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti”
El Participante reconoce que el Organizador realiza y realizará gastos, inversiones y gestiones sustanciales confiando en el consentimiento y los derechos aquí otorgados. En consecuencia, el Participante acepta que dichos derechos y autorizaciones son irrevocables y que no podrá revocarlos, cancelarlos ni dejarlos sin efecto en momento alguno.
La información personal suministrada por el Participante será utilizada por el Organizador únicamente para comunicarse con los participantes en relación con el Concurso y para anunciar, publicar y corroborar los nombres de los seleccionados y ganadores. El Organizador podrá mantener un aviso de privacidad que describa la forma en que recopila y utiliza dicha información, disponible en www.cantoati.com, el cual el Participante reconoce haber tenido la oportunidad de consultar.
El Participante consiente en dicho tratamiento conforme a la legislación aplicable.
Este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sin atender a sus normas sobre conflictos de leyes. Las partes acuerdan que este Acuerdo se considera otorgado y ejecutado en la Ciudad de Caguas, Puerto Rico.
Toda controversia, disputa o reclamación que surja de o se relacione con este Acuerdo, su validez, interpretación, cumplimiento o resolución, o con la participación del Participante en el Concurso, que no pueda resolverse mediante conversación directa entre las partes, se someterá primero a mediación y, de no lograrse acuerdo, se resolverá de manera definitiva mediante arbitraje obligatorio y vinculante, en idioma español, celebrado en la Ciudad de Caguas, Puerto Rico, conforme al foro y las reglas de arbitraje que designe el Organizador.
El laudo arbitral será final, vinculante y no susceptible de apelación. Las partes acuerdan que el procedimiento de arbitraje, los testimonios, la prueba y los documentos presentados en su curso, así como el hecho mismo de su celebración, tendrán carácter confidencial y no podrán divulgarse a terceros ajenos al procedimiento, salvo a los árbitros y su personal, a los abogados de las partes y a los peritos que estas designen.
El remedio para cualquier reclamación se limitará a los daños reales, salvo la tutela en equidad expresamente prevista en este Acuerdo. Al someterse a arbitraje, las partes reconocen que renuncian al derecho a juicio por jurado.
(a) Acuerdo íntegro. Este Acuerdo, junto con las Reglas Oficiales, constituye el acuerdo íntegro entre las partes en cuanto a su objeto y deja sin efecto cualquier entendimiento o manifestación previa. (b) Divisibilidad. Si alguna disposición fuese declarada nula o inexigible, las demás conservarán plena validez y eficacia. (c) No renuncia. La omisión o demora del Organizador en ejercer cualquier derecho no constituirá renuncia al mismo.
(d) Cesión. El Organizador podrá ceder libremente sus derechos y obligaciones; el Participante no podrá hacerlo sin consentimiento escrito del Organizador. (e) Carácter vinculante. Este Acuerdo obliga al Participante y a sus herederos, sucesores, representantes y cesionarios. (f) Relación entre las partes. Nada en este Acuerdo crea relación de empleo, mandato, sociedad o empresa Liberación de Derechos · Concurso “Canto A Ti” conjunta entre el Participante y el Organizador.
(g) Remedios acumulativos. Los derechos y remedios del Organizador son acumulativos y se entienden en adición, y no en sustitución, de cualquier otro disponible en derecho o en equidad. (h) Honorarios de abogado. En cualquier acción o procedimiento para hacer valer este Acuerdo, la parte que prevalezca tendrá derecho a recuperar de la otra los honorarios razonables de abogado y las costas en que incurra.
EL PARTICIPANTE DECLARA QUE HA LEÍDO ÍNTEGRAMENTE ESTE ACUERDO, QUE COMPRENDE SU CONTENIDO Y ALCANCE, QUE HA TENIDO LA OPORTUNIDAD DE CONSULTARLO CON UN ASESOR LEGAL DE SU ELECCIÓN, Y QUE LO SUSCRIBE DE FORMA LIBRE, VOLUNTARIA E INFORMADA. EL PARTICIPANTE ENTIENDE QUE, MEDIANTE ESTE ACUERDO, RENUNCIA A CIERTOS DERECHOS LEGALES, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, EL DERECHO A PRESENTAR CIERTAS RECLAMACIONES ANTE UN TRIBUNAL. Firmado en ____________________________, Puerto Rico, el ______ de __________________ de 20______.
Firma del Participante: _______________________________ Nombre en letra de molde: _______________________________ Fecha de nacimiento: ______ / ______ / __________ Tipo y número de identificación (ID de Puerto Rico o pasaporte de EE. UU.): _______________ Dirección: _______________________________ Teléfono: __________________ Correo electrónico: __________________ Por el Organizador (recibido y aceptado): Firma y nombre del representante autorizado · FRASEO MUSIC LLC
Firmado en —, Puerto Rico, el —.
Los datos de arriba se toman de lo que escribiste en el formulario de inscripción. Si algo está en blanco, vuelve al formulario y complétalo. Esta aceptación electrónica tiene la misma validez y efecto legal que una firma manuscrita, conforme a la legislación aplicable de Puerto Rico y de los Estados Unidos.